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Documentación a presentar
- Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) y fotocopia del mismo.
- Clave Única de Identificación Laboral (CUIL) reconocida por ANSES.
- Últimos dos recibos de cobro de jubilación o pensión seguro de retiro.
- Último resumen de la tarjeta de crédito, o factura de un servicio fijo (a título de ejemplo: luz, gas, impuesto inmobiliario, telefonía fija, etc.), a nombre del solicitante, u otro a satisfacción de la Instancia Ejecutiva de crédito interviniente, a fin de establecer el domicilio del mismo.
Ver pautas de variabilidad de tasa
La tasa de interés será determinada para el primer día de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, siendo obligada su aplicación a partir de esas fechas cuando la tasa se reduce respecto al período anterior, caso contrario (si la tasa aumenta) el Banco a su sólo juicio la podrá aplicar o no, a partir de cualquier día del período correspondiente. Para la determinación se adoptará la tasa que resulta del promedio simple de la tasa encuesta de depósitos a plazo fijo en pesos a 30 días que comunica el B.C.R.A. ( tasa encuesta o la que la reemplace en el futuro) para los últimos cinco días hábiles de los meses de diciembre, marzo, junio y septiembre a la que se le adicionarán para los plazos de 41 a 60 meses 12,96 (doce con noventa y seis) puntos porcentuales anuales adicionales. El Banco queda facultado a modificarlas, en cualquier momento dentro del período, hasta los valores que surjan del promedio arriba descripto, siempre y cuando no se hubiese ajustado la tasa en la fecha establecida en cada caso.